Leintz Gatzaga

 
 
Arratsaldeon. Larunbata, 2024ko abenduaren 21a
2009-2012 EPEALDIRAKO LEINTZ GATZAGAKO EHIZA ESPARRUAN APROBETXAMENDUAREN LEHIAKETA ESLEITZEA.

 

LEINTZ GATZAGAko Udalak  2009ko irailaren 17an eginiko  batzarraldian onartutako akordioaren testoa

 

Texto del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Leintz Gatzaga, en sesión celebrada el día 17 de septiembre de 2009.

 

 

  1º.-  APROVECHAMIENTO DE CAZA DE PALOMAS EN EL COTO DE CAZA DE LEINTZ GATZAGA.  ADJUDICACION PROVISIONAL DEL CONTRATO.

 

Examinado el expediente incoado para adjudicar  el aprovechamiento de caza de palomas en el  coto privado de  titularidad  municipal “Salinaskomendia” en los montes de Utilidad Pública nº 2068.

 

Celebrada licitación el día 14 de septiembre de 2009  con propuesta de adjudicación provisional, por parte de la Mesa de Contratación, a la proposición presentada por  la FEDERACION GUIPUZCOANA DE CAZA (única proposición).

 

   Hallada  conforme la propuesta, el Pleno, por unanimidad, ACUERDA:

 

Primero.- Declarar válida la licitación y ADJUDICAR PROVISIONALMENTE el contrato de “Aprovechamiento de caza de palomas en el coto de caza de Leintz Gatzaga”.  a la FEDERACION GUIPUZCOANA DE CAZA DE GUIPUZCOA, al precio de 31.000 € y con sujeción al Pliego de Condiciones Técnicas, al Pliego de Cláusulas económico-administrativas y demás mejoras propuestas por el adjudicatario en su oferta.

 

Segundo.-  Que se notifique a los licitadores el presente acuerdo, en el plazo de cinco días y se publique en el perfil del contratante, conforme establece el art. 135 de la Ley de Contratos del Sector Público.

 

Tercero.-   Que se requiera a los licitadores, para que dentro de los quince días siguientes al de la fecha en que se publique este acuerdo en el perfil del contratante, presenten  los documentos acreditativos de la constitución de la garantía definitiva, y demás documentos reseñados en la cláusula 15  de los Pliegos.

 

Cuarto:  En el caso de que el licitador  lleve a cabo todas las actuaciones previstas en el expediente, facultar al Sr. Alcalde para que eleve a definitiva la presente adjudicación. A su vez, queda facultado para determinar en dicho acuerdo el municipio donde deberán de celebrarse los sorteos.   

 

 

 

 

 

Leintz Gatzagan, 2009ko Irailaren 18an.

 



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